Las viviendas se agrupan de acuerdo a su tipo en: casa, departamento, rancho o casilla, casa de inquilinato, hotel o pensión, local no construido para habitación y vivienda móvil.
A su vez, las casas pueden ser de “tipo A” o de “tipo B”.
La casa “tipo B” cumple por lo menos una de las siguientes condiciones: falta de provisión de agua por cañería dentro de la vivienda, ausencia de retrete con descarga de agua, piso de tierra u otro material precario.
El resto de las casas es considerado de “tipo A”.
Las tipo B son casas que pueden ser mejoradas sin que sea necesario reemplazarlas, para que provean condiciones adecuadas de habitabilidad, razón por la cual se las considera deficitarias pero recuperables.
También son consideradas viviendas deficitarias las viviendas precarias, que comprenden a: los ranchos o casillas, los hogares en casa de inquilinato, los locales no construidos para habitación y las viviendas móviles. Estas viviendas se consideran irrecuperables.